El miércoles pasado la noticia del crimen de Villa Crespo, en el que murió toda una familia –la madre habría asesinado a sus dos hijos, a su esposo y luego suicidado– conmocionó al país. La carta de la madre, con letra temblorosa y palabras desordenadas dio vuelta por medios y portales, como la pista que tiene el potencial de explicar qué habría llevado a la madre a actuar de esta manera.
Federico Rindlisbacher es calígrafo público nacional, docente e investigador. Presidente del Colegio de Calígrafos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires y el director de la carrera Calígrafo Público Nacional del Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina. En entrevista con PERFIL cuenta qué técnicas usa en su trabajo para interpretar documentos de escenas de crimen.
—¿Qué es el gesto gráfico?
—El autor Félix Del Val Latierro lo refiere como una serie de movimientos específicos que realiza una persona durante el acto de escribir, los cuales “escapan a la acción vigilante de la conciencia” y son fundamentales en la determinación de la autoría de un manuscrito. La particularidad gráfica identificatorias, son un conjunto de características gráficas y no gráficas visibles e invisibles, muy individuales que aparecen antes y durante el acto escritural. Sirven para identificar a su autor de las demás. El gesto gráfico es un conjunto de características, no es uno solo que decidirá por él mismo, sino el agrupamiento de dichas características identificatorias lo que nos dará la seguridad de estar frente a una manifestación auténtica o no.
—¿Cuál es el instrumental que se utiliza y para qué sirve?
—El instrumental de la especialidad consiste en artefactos ópticos y lumínicos de los más sencillos a los más sofisticados. El instrumental óptico nos permite observar de forma magnificada características intrínsecas del documento que se desea analizar, nos permite estudiar de manera minuciosa y pormenorizada las particularidades de escrituras, firmas, sistemas de impresión utilizados en la confección de un documento etc. El instrumental lumínico es complementario al anterior, existen una gran variante de luces especiales tal como luz blanca, luz ultravioleta, luz infrarroja que, mediante técnicas de ángulos de incidencia sobre el material de análisis, es posible revelar maniobras de alteración y/o adulteración
—¿Qué importancia tienen las luces y fluorescencia en tu trabajo?
—Son fundamentales a la hora de analizar el soporte de un documento, o un documento de seguridad (pasaporte, DNI, licencia de conducir, visas, papel moneda, títulos y analíticos expedidos por colegios y universidades). Estos documentos poseen materiales, tintas que reaccionan bajo el flujo de luces especiales.
—¿Cuáles son las medidas de seguridad en los papeles?
—Los documentos de seguridad tienen que cumplir dos grandes requisitos: que sean de fácil reconocimiento y, a su vez, que sean de difícil reproducción. Las medidas de seguridad deben cumplir con los estándares que haga difícil su alteración, adulteración y/o falsificación, pero que a su vez sea de fácil reconocimiento para el público; por ejemplo, las personas reconocen fácilmente el billete por el color predominante, la denominación, el retrato principal la figura geométrica y su tamaño.
Las medidas de seguridad pueden encontrarse integradas al soporte: bandas de seguridad, fibrillas, confetis, marca de agua, y otras se incorporan mediante sistemas de impresión, por ejemplo, registro perfecto, imagen latente, microletras, guilloches. Se usan para su impresión diseños sofisticados y tintas especiales que hacen fluorescencia, cambian de color o simplemente desaparecen bajo el flujo de luces especiales.
—¿Cómo funciona la profesión de calígrafo público?
—Es un profesional altamente capacitado en todo lo que hace al estudio de la Documentología y de las llamadas Pericias Caligráficas, para que puedan actuar en juicio, en el marco de lo que el Derecho Procesal denomina como Auxiliares de la Justicia. Básicamente, el/la perito es una persona que tiene una capacitación especial en determinada ciencia que es introducido al proceso por decisión del juez, para que le brinde un asesoramiento, dictamen, opinión, sobre aspectos de su actividad, que escapan al común de las personas, y que le es necesario para poder emitir una sentencia.
Es por ello que estos profesionales además de tener profundos conocimientos sobre sus especialidades, tienen que tener una sólida formación en lo que respecta a actuar con la mayor imparcialidad posible al momento de expedirse sobre cuestiones que se planteen, sin considerar el resultado de la causa, los intereses que están en juego, o la calidad de las personas que son parte en la misma.
No puedo dejar de resaltar que la Carrera de Calígrafo Público en Argentina es reconocida y valorada en el mundo entero, además de remarcar la capacidad de sus profesionales, por ser la única que cuenta con un Colegio profesional creado por ley. La ley de creación, 20.243, establece las incumbencias profesionales (las cuales fueron ampliadas por la Ley 20.859), y lo configura como Persona Jurídica de Derecho Público no estatal, circunstancia legal que nos posiciona internacionalmente de un modo distintivo. Pero, además, es el único país del mundo que tiene un Cuerpo de Calígrafos Oficiales que dependen de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y el único en el que la carrera tiene título universitario otorgado por el Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina y la Universidad de Buenos Aires.
—¿Por qué elegiste esta carrera?
—Seguramente por escuchar las historias de mi padre, él fue un criminalista muy reconocido en el círculo de profesionales, no solo por su larga trayectoria, sino por sus aportes de investigación que aún hoy se siguen aplicando.
Todavía recuerdo las charlas con mi papá de casos únicos, resueltos exitosamente en épocas de escasos recursos y tecnología precaria. Él me inspiró, y de todo el gran abanico de la criminalística me pareció fascinante el análisis de documentos.
—¿Qué conocen los calígrafos como las leyes de la escritura?
—El proceso de escribir se compone de una sucesión de movimientos y signos, impresos en el papel, mediados por la musculatura y las órdenes del sistema nervioso central, regidos por las leyes de la física y la fisiología, respectivamente. El hecho de que cada escritura sea distinta y pueda ser reconocida rápidamente sin necesidad de mirar el nombre del autor indica que está sometida a leyes. En la obra Les lois de l’escriture, Edmond Solange Pellat desarrolló sus cuatro leyes, aunque no fue el único que desarrolló este campo. Pellat estableció un principio universal que rige en todas sus leyes: “Las leyes de la escritura son independientes del alfabeto empleado”.
Uno: el gesto gráfico está sometido a la influencia inmediata del cerebro. El órgano que escribe no modifica la forma de aquel si funciona normalmente y está adaptado suficientemente a su función.
Dos: cuando escribe, el yo está en acción, pero el sometimiento casi inconsciente de esta actuación pasa por alternativas continuas de intensidad y debilidad. Adquiere el máximo de intensidad cuando tiene que realizar un esfuerzo, es decir, en los comienzos, y el mínimo cuando el movimiento de la escritura viene secundado por el impulso adquirido, o sea, en los finales.
Tres: no se puede modificar voluntariamente en un momento dado la escritura natural, más que dejando en su trazado la señal del esfuerzo realizado para lograr el cambio.
Cuatro: el que escribe en circunstancias en que el acto de escribir es particularmente difícil, traza instintivamente, o bien formas de letras que le son más habituales, o bien formas sencillas y fáciles de construir
—¿Existen las autofalsificaciones?
—Existen, Luis Gonzalo Velásquez Posada, en su obra maestra Falsedad documental y laboratorio forense dice que la “autofalsificación” se presenta cuando el suscriptor de una firma, modifica de forma dolosa y consciente su impresión personal, ya sea aumentando u omitiendo trazos escriturales o bien realizando una impresión personal diversa a la que comúnmente realiza, y con posterioridad desconoce su autoría. Ello no debe confundirse con las modificaciones naturales escriturales que se realizan por el paso de la edad: son aspectos completa y ampliamente diversos.
—¿En qué consisten el borrado físico y químico?
—Son adulteraciones realizadas mediante maniobras físicas o químicas que tiene como objeto modificar la originalidad del documento. Se investiga mediante las técnicas de examinación de documentos cuestionados y con el auxilio permanente del instrumental óptico lumínico profesional sobre el papel o material que contiene la escritura a peritar, con fines de establecer si en el mismo existen signos de maniobras de alteración mediante borrados y determinar cuál fue el procedimiento utilizado para dicha maniobra.
*Especialista en criminología forense.