A partir del 1° de julio, entra en vigencia un nuevo régimen para la percepción del IVA en supermercados, que elimina la discrecionalidad y establece un criterio objetivo basado en montos de compra. El tributarista, Mariano Ghirardotti, en o con Canal E, explicó en detalle los cambios y su contexto en una entrevista radial.
El cambio central radica en cómo se determinará si un comprador debe pagar un adicional del 10,5% de IVA, una práctica que ya se aplicaba, pero bajo criterios subjetivos. “Principalmente esto tiene que ver no tanto con un cambio muy radical en el IVA, sino con una resolución vieja que es la 2126”, señaló Mariano Ghirardotti, y explicó que antes “cuando el supermercado por el tipo de compra que yo hacía sospechaba que yo no era un consumidor final, tenés que cobrarle un extra”.
Falta de certezas en la implementación del IVA
A su vez, detalló que ese recargo se aplicaba sin certezas, lo que generaba situaciones poco claras: “No me podía identificar como que era un responsable inscripto, entonces le cobrabas una sobretasa”. Con el nuevo esquema, resaltó que, “el supermercado va a seguir estando obligado a cobrarse sobretasa del 10,5%, pero sólo en el caso de que yo compre más de 10 millones de pesos”.
“Desaparece esa presunción por parte del supermercado, y hay un dato objetivo”, remarcó Ghirardotti, y ejemplificó: “Aunque compres 100 botellas iguales de gaseosa, no te lo cobro” si la compra no supera los $10 millones. Y agregó: “El supermercado no tiene que presumir ya más nada”.
Los detalles del limite de compra
Una de las dudas surgidas es si se trata de un tope por operación o acumulable. “Yo creo que es un límite por compra”, afirmó, aunque advirtió: “Si empieza a darse cuenta que yo estoy comprando dividido en muchas compras, quizá me llame la atención y me diga ‘esclareceme, porque si no yo te voy a percibir’”.
Más allá de este cambio puntual, el tributarista reflexionó sobre un giro más amplio en la estrategia de fiscalización. “La idea de todo esto es una idea que llega desde el Ministerio de Economía, que es dinamizar un poco la economía”, señaló, en alusión a medidas que facilitan ciertos movimientos financieros antes fuertemente vigilados.
Sin embargo, advirtió sobre la persistencia de marcos legales más rígidos: “Hay una ley que es la Ley de Procedimientos Tributarios, que dice que cuando a vos se te detecta un incremento patrimonial no justificado, hay que seguir un procedimiento”. Y eso, subrayó, no se derogó: “La ley es superior a decretos, es superior a las resoluciones generales”.